DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa, seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, natural de San Pedro de Coche, Estado Nueva Esparta, titular de la Cédula de Identidad N° XXXXXXXXX, nacido en fecha Cinco (05) de Junio de Mil Novecientos Ochenta y Séis (1.986), de 18 años de edad, pero Diecisiete (17) años de edad para el momento de los hechos, estudiante del 4° año de bachillerato, de profesión u oficio ayudante de construcción, por la comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el articulo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias y Estupefacientes y Psicotrópicas, y declara el cese de las medidas cautel.....