Con la fuerza en la motivación precedente, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 1 Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta. En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescente Acuerda: Sancionar a la ciudadana adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), , identificado anteriormente, con la medida de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, prevista en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, POR UN LAPSO DE UN (1) AÑO, consistentes en las obligaciones de: 1) Estudiar, realizar curso de capacitación o trabajar el cual debiera consignar la constancia correspondiente cada DOS (02) MESES ante el tribunal ejecutor. 2) Residir en la dirección aportada al Tribunal. 3) No salir de su residencia después de las 7:00 horas de la noche, por la comisión del.....