ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 01 DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Admitida la acusación presentada por la Fiscal Séptima del Ministerio Publico en contra de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA por considerarla ajustada a derecho, así como las pruebas ofrecidas, por considerarlas útiles y pertinente, pruebas estas a las que se ha adherido la defensa, por el principio de comunidad de pruebas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 578 literal a, de la ley especial citada. SEGUNDO: En cuanto a la Imputación realizada por el Fiscalia del Ministerio Público, en relación a los delitos de ROBO AGRAVADO, AGAVILLAMIENTO Y LESIONES LEVES EN GRADO DE CONTINUIDAD, previstos y sancionados en los artículos 458, 286 y 416 en relación con el artículo 99, todos del Códig.....