ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 01 DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación presentada por la Fiscal Séptimo del Ministerio Publico, así como las pruebas ofrecidas por las mismas, en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por el delito de HURTO CALIFICADO, previsto en el 3° numeral del artículo 453 del Código Penal vigente, así como las pruebas ofrecidas admitiendo las correcciones realizadas por la ciudadana fiscal del Ministerio Público, mediante la cual no ofreció los elementos de prueba señalados en el escrito acusatorio presentado en este Tribunal, con los N° 1° y 5°, de conformidad con lo establecido en el artículo 352 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Este Tribunal, oída la admisión de los hechos realizada de vi.....