En base a lo expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01 de la Sección de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal Fronterizo del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CON LUGAR lo solicitado por la Fiscalía VII Del Ministerio Público, y en consecuencia hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO POR PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL, a tenor de lo establecido en los artículos 49, numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, articulo 615 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 109 del Código Penal, de conformidad con el artículo 300, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en beneficio de la adolescente POR IDENTIFICAR, por identificar, por la comisión de los delitos de ABUSO SEXUAL, previsto en el articulo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas .....