Con base al análisis precedente, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONMUTA el resto de la pena de Presidio a la que fue condenado el ciudadano JORGE ELIECER TERAN, ya identificado, es decir, las tres cuarta parte de su pena que es de NUEVE (09) AÑOS, por la pena de CONFINAMIENTO, por lo que deberá permanecer en el Municipio donde quedará confinado al MUNICIPIO RIBERO, ESTADO SUCRE, en la dirección aportada lo que le resta de la pena por cumplir, es decir, CINCO (05) DIAS, más el aumento de una tercera parte, de conformidad con el artículo 53 del Código Penal, que resulta ser SEIS (06) DIAS Y DIECISEIS (16) HORAS. Pena ésta que finaliza el día CINCO (05) DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL SIETE (2007) A LAS DIECISEIS (16) HORAS, al día siguiente comenzará su accesoria de vigilancia de la au.....