Con base en los anteriores razonamientos, este Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, concede el Beneficio de DESTACAMENTO DE TRABAJO, al penado ciudadano JOSE ANGEL PEREZ GAMBOA, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, soltero, titular de la cédula de identidad N° V- 16.826.371, de oficio albañil, con residencia en la Calle Libertador, casa N° 61, Santa Ana del Norte, Municipio Gómez del Estado Nueva Esparta y JEAN CARLOS SALAZAR DIAZ, venezolano, natural de San Félix, Estado Bolíva, titular de la cédula de identidad N° V- 18.113.190, de oficio obrero, con residencia en la Calle Libertador, casa N° 52, Santa Ana del Norte, Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta, de conformidad con el artículo 501 del Código Orgánico Procesal, de conformidad con el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal.
Ahora bien, en caso de que el penado de autos incump.....