Con base en los anteriores razonamientos, este Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, en nombre de la República y por autoridad de la ley, niega el beneficio del régimen abierto al penado JOSE MARTIN GONZALEZ VALERIO, titular de la cédula de identidad nro. 15.202.148, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 65, 81, ambos de la Ley de Régimen Penitenciario, en concordancia con el artículo 553 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes, de conformidad con lo previsto en los artículos 175, único aparte, 179 y 180, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, diarícese, déjese copia del presente auto