Con base en los fundamentos antes expuestos y cumplidos como han sido los extremos exigidos en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, ACUERDA CONCEDER EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO al penado ciudadano HARRIS SIDNEY LYNN, de nacionalidad Estadounidense, natural de California, titular de la Cédula de Identidad N° E-82.274.753, casado, comerciante, con residencia en el Sector Llano Adentro, casa N° 18-52, Calle Charaima, Porlamar, Estado Nueva Esparta, en virtud de encontrarse llenos los extremos exigidos en el artículo 500 de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, dis.....