Ante todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara a favor del penado JESUS ANTONIO RAMIREZ, titular de la cedula de identidad N° 9.248.259, domiciliado Urbanización Billa Juana, Manzana N° 4, Vereda N° 7, Casa N° 4-98, Municipio Mariño, Estado Nueva Esparta, el CESE DE LA MEDIDA ALTERNATIVA AL CUMPLIMIENTO DE CONDENA, CONSISTENTE EN LA LIBERTAD CONDICIONAL, contemplada en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud al informe final de conducta emanado de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de este estado, y como quiera que el penado ha cumplido la pena principal, en consecuencia se DECRETA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, POR CUMPLIMIE.....