Revisadas las actas que conforman el presente asunto, y vista la solicitud de otorgamiento de reposo domiciliario a favor de la PENADA RENEIDA DEL VALLE RODRIGUEZ NARVAEZ, titular de la cedula de identidad numero v- 18.113.463, remitida por el Director del Internado Judicial de la Región insular, este Despacho observa que no cursa en autos Informe Médico emitido por Ginecologo ¿Obstetra que haga constar el estado de gravidez de la penada, ni Informe emitido por el Médico Forense; por lo cual, a los fines de decidir lo conducente, este Despacho acuerda oficiar al Internado Judicial de la Región Insular, al Servicio de Ginecología y Obstetricia del Hospital Luis Ortega y a la Medicatura Forense, a los fines de que se traslade de inmediato a la penada para el reconocimiento médico y se informe a este Tribunal sobre su estado , la fecha probable de parto, y la fecha a partir de la cual amerita reposo, para decidir lo conducente. Cúmplase.