Con fundamento en las anteriores consideraciones, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República y por autoridad de la ley, NIEGA EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO AL PENADO CRISTIAN VICTORIO BSTARDO BETANCOURT, venezolano, natural de Cuamanacoa, estado Sucre, nacido en fecha 01 de enero de 1982, de oficio obrero, soltero, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.249.405, actualmente recluido en el actualmente recluido en el Internado Judicial de la Región Insular, actualmente recluido en el actualmente recluido en el Internado Judicial de la Región Insular, actualmente recluido en el Internado Judicial de la Región Insular, por no estar llenos los extremos de ley, contenidos en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal.