En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, NIEGA EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, al penado ALFREDO XAVIER BELLORIN, titulares de las cédulas de identidad N° V: INDOCUMENTADO, por no cumplir con las exigencias del artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario. Se ordena remitir copia del presente auto anexo a oficio, al Internado Judicial de la Región Insular y a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema penitenciario de este Estado. Notifíquese a la Defensa, al Fiscal del Ministerio Público y trasládese a los penados para su imposición. Cúmplase.-