Ante todo lo expuesto, este Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: Decretar a favor del penado JAVIER ENRIQUE RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.057.751, nacido en La Guaira, Estado Vargas, nacido en fecha 15 de abril de 1969, de 37 años de edad, soltero, de oficio vendedor, con residencia en la Calle Marcano, N° 5-32, Sector La Chacarera, Ciudad Cartón, Porlamar, Estado Nueva Esparta, el CUMPLIMIENTO DE LA TOTALIDAD DE LA PENA PRINCIPAL IMPUESTA, en consecuencia, se declara extinguida responsabilidad criminal, de conformidad con el artículo 105 del Código Penal, en relación con el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Regístrese, déjese copia, notifíquese a las partes, cítese al penado. Ofíciese lo.....