Con base en los anteriores razonamientos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, concede el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena al penado ciudadano GLEUDIS JESUS VASQUEZ GIL, venezolano, natural de Porlamar, estado Nueva Esparta, nacido en fecha 26 de octubre de 1979, de 27 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.896.782, soltero, de oficio obrero, con residencia en la Urbanización La Salina, calle El Lago, casa N° 04, frente al campo de fútbol, Juan griego, Municipio Marcano del estado Nueva Esparta, por el lapso de UN (01) AÑO Y TRES (03) MESES, contados a partir de la fecha de la notificación del presente auto; debiendo cumplir las condiciones arriba indicadas. Todo de conformidad con los artículos 494, 495 y 500, todos del Código Orgánico Procesal Pe.....