DECLARA PRESCRITA la pena impuesta en la presente causa a favor del ciudadano ALCIDES JOSE FERMIN VASQUEZ, indocumentado, de conformidad con lo estatuido en el artículo 112 ordinal 1° del Código Penal, otorgándosele al mismo su libertad plena, se ordena el cese de la Medica Cautelar Sustitutiva de Libertad que pesa sobre el penado; asimismo se ordena dejar sin efecto el computo de pena dictado en fecha 09 de Noviembre de 2005 y todas las actuaciones subsiguientes, se ordena oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciaria, sobre la designación de equipo Multidisciplinario para realizar informe psico-social del penado.
Expídase por secretaría copia certificada de la presente decisión y notifíquese al Representante del Ministerio Público de este Estado, actuante en el proceso, y al Defensor del penado de autos.