DECLARA CULPABLE al ciudadano RELKIN ALBERTO ACEVEDO HURTADO, identificado en esta sentencia, y en consecuencia LO CONDENA A CUMPLIR LA PENA DE TRES (03) AÑOS Y CINCO (05) MESES DE PRESIDIO, como autor responsable delos delitos de ROBO GENÉRICO, previsto en el artículo 457 del Código Penal, y POSESIÓN DE ESTUPEFACIENTES, previsto en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en virtud del procedimiento por admisión de los hechos, de conformidad con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, y los artículos 37 y 74 ordinal 4° ejusdem y las penas accesorias del artículo 13 ibidem