Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio No. 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: PRIMERO: CONCEDE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad con lo establecido en los artículos 42 del Código Orgánico Procesal Penal al acusado EDGARD JOSÉ CORASPE, venezolano, natural de Cumanacoa, Estado Nueva Esparta, de Treinta y Nueve (39) años de edad, quien es titular de la cédula de identidad N° V- 6.768.099, nacido en fecha veintiocho (28) de Marzo del año 1970, de profesión u oficio técnico en refrigeración, residenciado en la lagunita, calle Mariño casa Nº 47-22, cerca del festejo la lagunita, El Espinal, Municipio Díaz, Estado Nueva Esparta, por la comisión del delito de DESTRUCCIÓN DE MATERIAL ELECTORAL, previsto y sancionado en el artículo 258 numeral 4 de la Ley Orgánica d.....