DECLARA CULPABLE al ciudadano JESÚS SALVADOR ESTABA SALAZAR, identificado en esta sentencia, y en consecuencia LO CONDENA A CUMPLIR LA PENA DE UN (1) AÑO Y CUATRO (4) MESES DE PRISIÓN, como autor responsables del delito de HURTO CALIFICADO FRUSTRADO, tipificado en el artículo 453 ordinal 3° del código Penal, en relación con los artículo 80 y 82 del Código Penal, en virtud del procedimiento por admisión de los hechos, de conformidad con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, y los artículos 37 y 74 ordinal 4° ejusdem y las penas accesorias del artículo 16 ibidem.