RATIFICA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, del ciudadano TULIO MANUEL RODRÍGUEZ PEREIRA, por la presunta comisión de los delitos de VIOLACIÓN TENTADA y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previstos en los artículos 375 y 418 ambos del Código Penal, por no haber variado las condiciones en las cuales se decretó la medida.
Regístrese y déjese constancia en el libro diario y notifíquese a las partes.