Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 376 ejusdem, se declara CULPABLE al ciudadano : LUISANGEL IBRAHIM MONASTERIO MARIN, quien es Venezolano, natural de La Guardia, Estado Nueva Esparta, nacido en fecha 08 de Enero de 1981, de 27 años de edad, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de Identidad Nº V-15.266.994, Residenciado en la Guardia, calle Moscú, casa S/N, casa en construcción, cerca de la Bloquera de Nicanor, Municipio Gómez, estado Nueva Esparta, en consecuencia, se CONDENA, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de .....