En fuerza de los anteriores razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ordena: EL SOBRESEIMIENTO en la presente causa, seguida contra el ciudadano que en vida respondiera al nombre de Jesús Natividad Brito López, en los términos expuestos. Regístrese, diarícese, déjese copia del presente auto. Notifíquese a las partes de conformidad con lo previsto en los artículos 175, único aparte, 179 y 180, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Dada, firmada y sellada en la sala de audiencias, correspondiente al Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, a los 31 días del mes de mayo del 2005.
El Juez
Eduardo Capri Rosas
La Secretaria
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