Luego de las consideraciones anteriores, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, EMITE el siguiente PRONUNCIAMIENTO: PRIMERO: Declara CULPABLE a LUIS ENRIQUE CARREÑO CARREÑO y en consecuencia lo condena a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS, CINCO (05) MESES, VEINTIÚN (21) DÍAS y SEIS (06) HORAS DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley, de conformidad con el articulo 16 del Código Penal. SEGUNDO: SUBSANA EL ERROR INVOLUNTARIO del acta de la audiencia, en donde se omitió el tipo penal HURTO CALIFICADO. Se exime del pago de costas al penado según lo establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en Sentencia número 1.135 del 14 de junio del año 2.004, que en su contenido apunta "Los pagos referidos a reponer el papel sellado en lugar del común y las estampillas que se dejaron de utilizar estar.....