DECISIÓN
Esta Tribunal Segundo de Juicio de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RATIFICA LA MEDIDA DE ARRESTO DOMICILIARIO al acusado MIGUEL ANTONIO BERMÍUDEZ BRITO, por la presunta comisión del delito de Violación y Privación Ilegítima de libertad, previsto en los artículos 375 y 175 del Código Penal, respectivamente, con la siguiente variante SE LE AUTORIZA A TRASLADARSE A LA UNIVERSIDAD DE MARGARITA, los días lunes de 6:30 hasta las 11: de la mañana, de 6:30 a 11 de la noche, los días martes desde las 5: 30 hasta las 8:00 de la noche, los días miércoles desde las 6:30 a 1:30 de la mañana, los días jueves desde las 8:30 hasta las 11:00 de la mañana, luego desde las 5.30 hasta las 10:00 de la noche, los días viernes desde las 6:30 hasta la 1:30 de tarde CUMPLIDO EL HORARIO DE CLASES DEBERÁ REINGRESAR A SU RESIDENCIA, SE LE IMPONE LA SIGUI.....