RATIFICA LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, dictada en fecha seis (06) de marzo de 2005, en contra de los ciudadanos ROBERT LUIS HERNÁNDEZ y ANA DEL VALLE NUÑEZ, por la presunta comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas vigente para el momento de la comisión del hecho y TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 34 de Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicos, vigente para el momento en que se cometió el hecho, en relación con el artículo 83 del Código Penal, por persistir una presunción razonable de peligro de fuga, en razón de la pena que podría llegarse a imponer y la magnitud del daño causado, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25.....