Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD y decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, y consecuente Orden de captura en contra del acusado ALEXANDER ESCOBAR OLAYO, colombiano, natural de Cali, Colombia, nacido en fecha 18 de junio de 1972, de 32 años de edad, de estado civil casado, de oficio constructor, titular de la Cédula de Identidad N° E-81.943.667, con residencia en Pampatar, calle Almirante Brion, casa N° 33, de color azul, a 30 metros al final de la calle el Hotel Posada la Bufonera, Municipio Maneiro del estado Nueva Esparta, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION MENOR DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 ter.....