En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal Mixto de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara NO CULPABLE al ciudadano: MARCIAL RAMON LAREZ VELASQUEZ, plenamente identificado, por la comisión del delito de Robo Agravado en grado de Tentativa, previsto y sancionado en el artículo 458 en relación a los artículos 80 y 82 del Código Penal Vigente, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.
Por cuanto el acusado MARCIAL RAMON LAREZ VELASQUEZ se encuentra sometido a una medida cautelar se acuerda su cese inmediato de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.
Se ordena remitir copia certificada de la presente decisión al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas a los fines de que sea desincorporado del.....