III
En fuerza de los anteriores razonamientos, este tribunal segundo de primera instancia en lo penal en funciones de juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República y por autoridad de la ley, condena a Leonardo Rafael Sánchez, suficientemente identificado, a cumplir la pena de ocho (08) meses de prisión, más las accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de hurto calificado en grado de frustración, previsto y sancionado en el artículo 455, ordinal 4°, en relación con el artículo 80, segundo aparte, 82 y 484, todos del Código Penal. Queda exonerado del pago de las costas procesales, por ser la defensa gratuita. Se mantiene la medida cautelar sustitutiva de libertad, para que el penado Leonardo Rafael Sánchez, en estado de libertad, ejerza cualquiera de las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena o la suspensión condicional de la ejecución de la pena, previstas en el Capítulo III, Libro Quinto, r.....