Así, se observa a los folios ciento cincuenta y seis y ciento setenta y uno, ambos de la segunda pieza, autos emanados del tribunal primero de control de este Circuito judicial Penal, según el cual dejan constancia de la inasistencia de la defensa privada Dra. Ignalia Moya Moreno, desconociéndose los motivos que justifiquen su incomparecencia a la audiencia preliminar.
El legislador procura la obtención de los objetivos de una justicia rápida, sencilla y leal, en un marco de procedimiento dominado por los principios de celeridad, oralidad, publicidad, inmediación, concentración, contradicción, pero también en un marco de igualdad, lealtad y de probidad. El juez debe estar atento para impedir que el proceso se convierta en un fraude o en una befa organizada por el litigante avieso en daño de la administración de justicia. La buena fe procesal es uno de los principios inspiradores del nuevo Código Orgánico Procesal Penal: ¿Las partes deben litigar de buena fe, evitando los planteamient.....