III
En fuerza de los anteriores razonamientos, este tribunal segundo de primera instancia en lo penal en funciones de juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, condena a Wilmer Centeno Mago, suficientemente identificado, a cumplir la pena de dos (02) meses y veinte (20) días de prisión, más las accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de hurto agravado en grado de frustración, previsto y sancionado en el artículo 454, ordinal 8°, en relación con el artículo 80, segundo aparte y 82, todos del Código Penal. Queda exonerado del pago de las costas procesales, por ser la defensa gratuita. En virtud de la pena impuesta, se acuerda mantener la medida cautelar sustitutiva de libertad. Regístrese, diarícese, déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la sala de audiencia oral correspondiente a los tribunales de primera instancia en.....