Por todo lo anteriormente expuesto, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, DECIDE: PRIMERO: SUSTITUYE LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD POR UNA MEDIDA POR UNA MENOS GRAVOSA a favor de los acusados: JOSE LUIS VALDEZ LA ROSA, venezolano, natural de Barcelona, estado Anzoátegui, nacido en fecha 01 de enero de 1988, de 21 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.512.625, con residencia en la calle el Colegio, residencias Graciel, al lado de la Cauchera Cuchillo, casa de color azul con rejas blancas, Porlamar, estado Nueva Esparta y CLEIBER ELNEY TINEO REYES, venezolano, natural de Punta de Mata, estado Monagas, nacido en fecha 23 de octubre de 1982, de 24 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.375.757, con residencia en la calle El Colegio, residencias Graciel, a lado de la Cauchera Cuchillo, casa de color azul con rejas de color blanco, Porlamar, estado.....