Con mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA y declara Sin Lugar La Sustitución De La Medida De Privación judicial preventiva de libertad peticionada por el abogado en ejercicio Hermogenes Fermín Marcano, actuando en este acto como defensor del ciudadano Luís Enrique Millán García, titular de la cédula de identidad Nº 14542477, plenamente identificada en autos, quien se encuentra presuntamente implicado, según la Representación del Ministerio Público, en la comisión Homicidio Intencional en grado de complicidad, sancionado en el artículo 405 en relación con el artículo 84 ordinal 1° ambos del Código Penal, manteniéndose incólume la medida privativa judicial preventiva de libertad que pesa en contra del ciudadano ut supra en el Internado Judicial de la .....