DECISIÓN
Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, y la SUSTITUYE POR UNA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ACUSADO JOSÉ GREGORIO VÁSQUEZ MARPIN, por la presunta comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO FRUSTRADO, ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA y LESIONES PERSONALES LEVES, previstos en los artículos 455, 458 en relación con el 80 y 416 del Código Penal, por incumplimiento de las obligaciones impuestas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 262 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal penal, cuya CAPTURA deberá practicar el Cuerpo de Investigaciones, Penales, Científicas y Criminalisticas. Se ordena librar la correspondiente Boleta de privación y remitir con oficio a ese cuerpo. Notifíquese a las partes.