En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO UNIPERSONAL DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se CONDENA al acusado SERGIO JESÚS GUTIERREZ OJEDA por la comisión de los delitos de POSESIÓN INDEBIDA DE ARMA DE GUERRA, AGAVILLAMIENTO, INTIMIDACIÓN PUBLICA CON ARTEFACTO EXPLOSIVO, USO INDEBIDO DE UNIFORMES Y OCULTAMIENTO ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 274, 286, 296, 214 y 277 del Código Penal y DETENTACION DE MUNICIONES DE GUERRA, previsto y sancionado en el artículo 7 de la ley de Armas y Explosivos, y le impone la pena de DOS (2) AÑOS Y NUEVE (9) MESES DE PRISION, CONDENA al acusado JHON JESUS MANJARREZ, por la comisión de los delitos de POSESIÓN INDEBIDA DE ARMA DE GUERRA, AGAVILLAMIENTO, INTIMIDACIÓN PUBLICA CON ARTEFACTO EXPLOSIVO, USO INDEBIDO DE UNIFORMES Y OCULTAMIENTO ILICITO DE AR.....