III
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, actuando como Tribunal unipersonal, en nombre de la República y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos, único: absuelve al ciudadano Aníbal Rafael Quilarte, venezolano, natural de Juan Griego, estado Nueva Esparta, de 25 años de edad, nacido el 25 de octubre de 1979, de profesión u oficio pescador, titular de la cédula de identidad nro. 15.422.876, con residencia en Juan Griego, Sector Las Salinas, Calle Figueroa, Casa S/N, de color azul, cerca de la Panadería Pepe, Municipio Marcano, estado Nueva Esparta, de la comisión del delito de robo agravado, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal. Se decreta la inmediata libertad del acusado Aníbal Rafael Quilarte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal. Se le exonera del pago de las costas, por ser la defensa gratuita. Se deja constancia que las part.....