DECLARA CULPABLE al ciudadano HENRY JOSE RODRIGUEZ RODRIGUEZ, identificado en esta sentencia, y en consecuencia LO CONDENA A CUMPLIR LA PENA DE TRES (03) AÑOS Y CUATRO (04) MESE DE PRISION, como autor responsable del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 primer aparte del Código Penal, en virtud del procedimiento por Admisión de los Hechos contemplado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 37 del Código Penal. De igual forma, lo condena al cumplimiento de las penas accesorias previstas en el artículo 16 ejusdem. Regístrese, publíquese y déjese asentado en el libro diario.
Dada, firmada y sellada en la sala de audiencia sede del Tribunal Primero de Juicio de Primera Instancia de éste Circuito Judicial Penal, siendo las 02:00 horas de la tarde, del día TREINTA Y UNO (31) DE ENERO DEL AÑO DOS MIL SEIS (2006).