Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: El Tribunal, de conformidad con el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 376 ejusdem, se declara CULPABLE al acusado: ERNESTO JOSE RODRIGUEZ ROJAS, Venezolano, natural de Cariaco, Estado Sucre, titular de la cedula de identidad Nº 12.740.575, domiciliado en la calle Guilarte, cerca del centro Comercial el Ángel, casa s/n, de color camuflageado, adyacente al Colegio las Monjas, Porlamar Municipio Mariño, Estado Nueva Esparta y en consecuencia, se CONDENA a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, MAS LAS ACCESORIAS DE LEY , establecidas en el articulo 16 del Código Penal, por encontrarlo responsable penal.....