Por todos los argumentos previamente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida al ciudadano DOMINGO ALBERTO QUIJANO, por la presunta comisión del delito de CONCUSION, previsto en la derogada Ley de Salvaguarda del Patrimonio Público, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 ordinal 1° Y 3°, 322 y 323 en su primer aparte, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al Fiscal Primero del Ministerio Público, al Defensor Público Penal y al imputado, por ser esta una decisión no dictada en audiencia oral. Asimismo, se deja sin efecto las condiciones bajo las cuales a dicho ciudadano les fue concedida Medida Cautelar Sustitutiva en fecha 28/08/00 por ante el Tribunal de Control N° 3 de este Circuito Judicial Pena, debiéndose informar de ello a la Oficina del .....