En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano LUÍS EDUARDO JIMÉNEZ OVIEDO, Venezolano, natural de Barquisimeto, estado Lara, nacido en fecha 05/01/1982, de 31 Años de Edad, Estado Civil Soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.003.725, de Profesión U Oficio T.S.U. en Administración, Residenciado en Urbanización Moran, Calle Froilanyete, casa S/N, de rejas negras con verde, a tres cuadras del Sambil Barquisimeto, Barquisimeto. Municipio Iribarren, Parroquia Catedral, estado Lara, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, por la comisión de los delitos de CAMBIO ILÍCITO DE PLACAS, USO DE CÉDULA DE IDENTIDAD FALSA y USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO, previstos y sancionados en los artículos 8 de la Ley sobre el Hurto y R.....