DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 376 ejusdem, se declara CULPABLE al acusado: JESUS RAMON MARCANO, venezolano, natural de Porlamar, estado Nueva Esparta, nacido en fecha, 15-09-86, titular de la Cédula de Identidad N° V- 19.682.401979, de profesión u oficio obrero, residenciado en Ciudad Cartón, calle Paramaconi, casa sin numero, de color blanco, cerca del modulo policial, Municipio Autónomo Mariño del Estado Nueva Esparta y en consecuencia, se CONDENA a cumplir la pena de de UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES, DE PRISION, por encontrarlo responsable penalmente de la.....