Con mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA la Revisión y Examen de la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que pesa en contra del ciudadano JEAN CARLOS RAFAEL BASTARDO GONZALEZ, venezolano, natural de Porlamar, nacido en fecha 22-07-89, de 22 años de edad, soltero, de profesión u oficio comerciante, residenciado en Brisas del valle, Calle Luisa Cáceres de arismendi, casa Nº 43, Las Guevaras, Municipio Tubores de este estado y titular de la cédula de identidad N° 19.806.378 y en consecuencia, le impone medida cautelar sustitutiva de la privación judicial preventiva de libertad contenida en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal consistente en Presentación cada Ocho (08) días ante la sede del Alguacilazgo de este estado......