En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano ANTONIO JOSÉ RODRÍGUEZ, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Cumaná, estado Sucre, de profesión u oficio Comerciante, nacido en fecha 29/05/1961, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 9.275.310, residenciado en Calle Taguapire, casa No. 37, Sector Los Cocos, Porlamar, Municipio Mariño, estado Nueva Esparta, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 454, Ordinal 8° en relación con el artículo 80 ambos del Código Penal Vigente, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en los autos. Y ASI SE DECIDE.
SEGUND.....