Por todo lo anteriormente expuesto y señalado, es que este Juzgado Mixto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: DECLARA CULPABLE y en consecuencia CONDENA al ciudadano DOMINGO LUIS AGREDA MARTEARENA, Venezolano, natural de Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 19-12-76, Titular de la Cédula de Identidad N° 14.318.294, residenciado en la Calle Francisco Narváez, al lado de residencias Unión, al lado del Antiguo Banco Unión, casa de color naranja, s/n Municipio Mariño, Estado Nueva Esparta a la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO GENBERICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal vigente y a las accesorias a la de prisión establecidas en el artículo 16 del Código Penal. Pena principal que finalizará aproximadamente el 17 de Agosto del 20011 aproximadamente hasta tanto el Trib.....