Con mérito a las consideraciones que anteceden, ESTE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 1 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, NIEGA la sustitución de la medida de privación judicial preventiva de libertad solicitada por el Abg. Ángel Fernando Rosario Cedeño, defensor del ciudadano RADIL JOSÉ HENRÍQUEZ FERNÁNDEZ, acusado de autos, quien se encuentra acusado por la Vindicta Pública por la presunta comisión de los delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal y DISTRIBUCIÓN Y OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, prevista en el artículo 34 de la derogada Ley Orgánica Contra el Tráfico de Estupefacientes y Psicotrópicas, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 243 primer aparte todos del Código Orgánico Procesal Penal, artículo 29 de la .....