Este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 1 de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide de la siguiente manera: PRIMERO: HOMOLOGA el acuerdo reparatorio celebrado entre los ciudadano, JUAN RODRIGUEZ MONASTERIOS, Venezolano, natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, titular de la Cedula de Identidad Nº 872.095, nacido en fecha 30-04-1930, de profesion u oficio Comerciante residenciado en la Avenida Bermudez, Quinta Lupe, Urbanización Jorge Coll, Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta E YROY RAFFIE RODRIGUEZ ACOSTA, venezolano, natural de Porlamar Estado Nueva Esparta, nacido en fecha 25-09-1964, identificado con la cedula de identidad Nº V- 8.392.527, de profesión u oficio comerciante, residenciado en la Calle Guilarte entre San Rafael y Fajardo, casa S/N, Porlamar , Municipio Mariño, Estado Nueva Esparta, y la victima ALEXANDER RAFAEL ROD.....