Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Admitida como ha sido la acusación, oídas como han sido las partes, así como la manifestación del acusado de autos HERMES JOSE GARCIA VELASQUEZ y como quiera que están llenos los extremos contenidos en los artículos 43 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal, habiendo sido oída la conformidad de la Representación del Ministerio Público; lo cual hace procedente la petición de la defensa y de la acusada de marras, este Tribunal así la acoge y en consecuencia, acuerda la Suspensión Condicional del Proceso a favor del ciudadano HERMES JOSE GARCIA VELASQUEZ, venezolano, natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, nacido en fecha 24/04/1971, de 41 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.199......