DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control No. 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al imputado EDWARD ANTONIO HANLEY, de nacionalidad Holandesa, nacido en fecha 15 de Noviembre de 1.963, de 38 años de edad, de oficio obrero, de estado civil soltero, con pasaporte N° 881262888NL, residenciado en Zwyndrechy, Reitbergenflat 66, Holanda, actualmente recluido en el Internado Judicial de la Región Insular, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPECIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, mas las accesorias de ley, previstas en el artículo 16 del C.....