Con fuerza en la motivación precedente, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: Declara culpable al ciudadano EGLIS JOSE HERNANDEZ, Venezolano, natural del Estado Sucre, nacido en fecha 08-05-1954, titular de la cedula de identidad N° 8.431.116, de la comisión de delito de DISTRIBUCION DE DROGA previsto y sancionado en el artículo 149, segundo aparte de la ley Orgánica de Drogas y lo condena a cumplir la pena de OCHO (8) AÑOS de prisión mas las accesorias de Ley, todo de conformidad con los artículos 376 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos 37 y 88 ambos del Código Penal. SEGUNDO: Se le mantiene al ciudadano, EGLIS JOSE HERNANDEZ, la medida de Privación Judicial de Libertad en el Internado Judicial de la Región Insular, tal como fue decretada al momento de la cal.....