EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: De conformidad con lo pautado en el ordinal 2° del articulo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la acusación presentada por la Fiscal Noveno del Ministerio Público por estar ajustada a derecho en contra del imputado LUINY RAFAEL GONZALEZ VELASQUEZ, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES EN RIÑA, previsto y sancionado en el artículo 415 en relación con el Encabezamiento del artículo 422, ambos del Código Penal, ya que a pesar del cambio tan considerable hecho por la fiscalía en relación a la calificación jurídica, es esta quien lleva la investigación, y en esta audiencia no esta permitido tratar cuestiones de fondo, es preferible debatir todos estos elementos en un juicio oral y público, aunque el Tribunal puede controlar la calificación fiscal, la respeta en este momento, pero será en el Tribunal de Juicio d.....