En consecuencia, este Tribunal de Primera instancia en funciones de Control nº 04 del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, acuerda sustituir la medida privativa de libertad que fue decretada e impuesta al imputado KENNY ROBERT PARRALES MARTÍNEZ, titular de la cedula de identidad numero 15.208.392 , por una menos gravosa, prevista en el artículo 256 ordinal 3° del código orgánico procesal penal, consistente en presentaciones cada cuarenta y cinco (45) días ante la oficina de aguacilazgo y se Decreta la Libertad del imputado. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 19,26, 43 y 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a la Representación del Ministerio Público y al la Defensa y líbrense los correspondientes oficios. Se Ordena Provee.....